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title: "Prohíben fumar en parques, plazas y puertas de escuelas de la ciudad de Mendoza"
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description: "El Concejo Deliberante aprobó el martes una modificación del Código de Convivencia"
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date_published: "2024-04-26T08:07:00-03:00"
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category_name: "POLÍTICA"
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# Prohíben fumar en parques, plazas y puertas de escuelas de la ciudad de Mendoza

![img-un-solo-cigarrillo-aumenta-50-el-riesgo-de-enfermedad-coronaria-1](/download/multimedia.normal.b1b807fd951f28f8.aW1nLXVuLXNvbG8tY2lnYXJyaWxsby1hdW1lbnRhLTVfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

La Ciudad de Mendoza avanzó en una medida que tiene como objetivo reducir el consumo de cigarrillos, además de las plazas y parques, que ya estaban consignados en la normativa, ahora tampoco se podrá fumar en la puerta de las escuelas y hogares para ancianos, así como tampoco se podrá hacer en lugares con circuitos aeróbicos o sectores para la práctica de deportes y recreación infantil.

El Código de Convivencia en el artículo 50 “Régimen de sanciones” establece que estas conductas constituyen una infracción leve y si bien es competencia municipal la vigilancia, la inspección y la sanción, la ciudadanía cumple un rol fundamental y puede denunciar.

“Todas las personas que están en el ejido de la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza tienen el deber de colaborar con las autoridades municipales o sus agentes para preservar las relaciones de convivencia ciudadana y civismo en el espacio público“, describe el artículo 70 de Código.

Las sanciones leves van de los 500 a 2.000 UTM, es decir que un fumador que viole la ley deberá pagar entre 24.000 a 96.000 pesos.

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