Se sigue exigiendo la RTO y el seguro?

Referentes en seguridad vial salieron a aclarar que la Revisión Técnica Obligatoria y la póliza de seguro siguen siendo obligatorias.

21/12/2023 Redacción Redacción
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Desde este miércoles, la cédula, licencia de conducir y comprobante de pago de patentes serán los únicos requisitos que se pedirán para circular. 

El DNU estableció que "será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial”  ya que antes del DNU si no se tenia alguna documentación se podía secuestrar el auto o el carnet de conducir.

¿Pero que sucede con la RTO?, el vicepresidente de la Cámara de Cuyo sostuvo que la legislación sigue vigente. "En ningún punto del DNU se dice que la RTO deja de ser obligatoria, por lo que hay que cumplir las leyes vigentes, que sostienen que hay que tener seguro y RTO”, explica Toranzo.

Cambios realizados :

  1. Descentralización: Eliminación de la obligatoriedad al realizar los trámites ante los Registros Seccionales, pueden realizarse directamente ante la Dirección Nacional o de manera remota.
  2. Simplificación: Reducción de la cantidad de trámites y requisitos necesarios para realizar un traspaso de dominio, eliminando la necesidad de presentar el título de propiedad en formato físico.
  3. Libertad de circulación: La cédula de identificación, la licencia de conducir y el comprobante de pago de patente son los únicos documentos exigibles para circular con un automotor.
  4. Digitalización: Todos los trámites se podrán realizar de manera digital, incluyendo la expedición de cédulas de identificación.
  5. Deudas: La existencia de deudas en situación regular por multas o patentes tampoco podrá impedir la inscripción o transmisión de automotores en el Registro.

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