El EPRE redefine el cálculo de intereses compensatorios

Fija un nuevo parámetro y límites para evitar distorsiones.
04/03/2026RedacciónRedacción

El Ente Provincial Regulador Eléctrico (EPRE) dispuso un nuevo mecanismo para calcular los intereses compensatorios que deben aplicarse a los usuarios del servicio eléctrico. La medida fue oficializada mediante la Resolución 35 publicada en el Boletín Oficial y apunta a evitar distorsiones, resguardar los principios de reparación y garantizar mayor previsibilidad en el sistema regulatorio.

La decisión se basa en el artículo 12, inciso b) del Reglamento de Suministro de Energía Eléctrica, que obliga a las distribuidoras a devolver los importes cobrados en exceso con un recargo del 20% más intereses. A partir de ahora, se incorpora un parámetro adicional de referencia para determinar el monto total resultante, sin modificar la naturaleza compensatoria del régimen vigente.

En concreto, el resultado económico de los intereses tendrá como límite un criterio equivalente al 50% de la tasa legal correspondiente aplicada sobre el capital base, calculado a tarifa vigente, más la penalidad del 20%. Según el EPRE, este esquema busca asegurar la coherencia del sistema y un criterio objetivo de razonabilidad en la aplicación de los accesorios.

Además, el límite deberá aplicarse de manera simétrica tanto en la devolución de montos como en los recargos por mora previstos en el artículo 12, inciso f), con el fin de garantizar un tratamiento equilibrado entre las partes. El organismo también instruyó una revisión anual del régimen y dejó abierta la posibilidad de ajustar el parámetro ante cambios significativos en el contexto económico.

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