La Cámara de Trabajo determinó que la reforma laboral de Milei es inconstitucional

La sentencia fue firmada por los jueces de la sala de Feria en el marco de la causa iniciada por la CGT. Ayer habían suspendido la derogación de la Ley de Tierras.

31/01/2024 Redacción Redacción
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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo falló en contra del capítulo laboral del DNU 70/2023 firmado por el presidente.

"Corresponde admitir el agravio de la actora y, consecuentemente, reconocer con amplitud la legitimación activa de la CGT para cuestionar la totalidad de los artículos del Título IV el DNU 70/2023", dice el fallo que lleva la firma de los jueces de feria Manuel P. Diez Selva, Hector Guisado y Mario Fera.

Se trata de una sentencia definitiva a partir de la presentación que la central sindical realizó contra el fallo de primera instancia que solo hacía foco en seis de los artículos de las desregulaciones laborales del DNU.

Para los magistrados, "No puede sostenerse, en modo alguno, que el Poder Ejecutivo puede sustituir libremente la actividad del Congreso, o que no se halla sujeto al control judicial". En el documento que consta de 15 carillas criticaron al presidente Javier Milei. "no justifican nunca la decisión de su titular de imponer un derecho excepcional a la Nación en circunstancias que no lo son".

Héctor Daer, se pronunció en sus redes sociales e hizo un posteo en su cuenta de X: "La justicia nos dio la razón. La cámara laboral declaró inconstitucional todo el capítulo 4 del DNU. Acompañó el fallo con la sentencia definitiva".

Recordemos que este lunes pasado, el juez federal de La Plata, Ernesto Kreplak, decidió suspender la derogación de la Ley de Tierras. Fue tras una presentación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (Cecim), en donde expresaron: "al derogar la anterior, libera el mercado de tierras, habilitando la extranjerización de las mismas, con dinámicas latifundistas, que ponen en crisis los principios de integridad territorial y la soberanía nacional, condicionando no solo la disponibilidad del suelo argentino, sino también los cursos de aguas dulces".

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