Billeteras virtuales: Afip controlará transacciones que parten desde los 700 mil pesos

Los saldos finales mensuales que sean menores a $700.000 no serán reportados por Mercado Pago, ni otras billeteras virtuales, a la agencia de recaudación de impuestos.

27/05/2024RedacciónRedacción
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El uso de billeteras virtuales para realizar operaciones y transacciones de dinero, forma parte de la vida cotidiana de consumidores y comerciantes.

El uso masivo de aplicaciones como Mercado Pago, por ejemplo, ha generado nuevos protocolos de control por parte de organismos del estado, básicamente, para detectar operaciones de grandes montos que incumplan con las normativas.

La novedad en este contexto, pasa por la actualización de montos de control, a partir de los cuáles, bancos y billeteras virtuales deberán informar las transacciones de las cuentas que gestionan.

A través de la  Resolución General 5512/2024 . la Administración General de Ingresos Brutos, estableció, que el monto mínimo de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas bancarias o  billeteras virtuales,  se eleve de $ 200.000 a $ 700.000. 

"Se estima conveniente actualizar los importes contenidos en las normas mencionadas, a partir de los cuales los sujetos obligados deben informar determinadas transacciones, saldos y consumos, entre otros datos, correspondientes a las cuentas que gestionan", reseñó AFIP en un tramo del Considerando respecto a las normativas N° 4298 y N° 4614.

Nuevos montos:

Para acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se elevó de $200.000 a $700.000.

Para consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, se elevó de $120.000 a $400.000.-

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