
Tras el rechazo a la recusación de De Vido, la fiscalía expondrá su tesis sobre un sistema dual de recaudación y el rol de funcionarios y empresarios.

La Justicia Federal de Mendoza dictó un fallo que podría tener impacto en todo el país al poner límites a los aumentos aplicados por las empresas de medicina prepaga. La Cámara Federal provincial confirmó una sentencia de primera instancia que dejó sin efecto las subas implementadas desde enero de 2024, en una decisión que sienta un precedente judicial relevante en el marco de la desregulación del sector.
El fallo se originó a partir de un amparo presentado por un afiliado contra una empresa de medicina prepaga y el Estado nacional. En su resolución, los jueces declararon la inconstitucionalidad de artículos del DNU 70/2023 que modificaron normas clave del sistema, al considerar que la eliminación de los controles estatales no puede justificarse cuando se trata de un servicio esencial vinculado al derecho a la salud.
La sentencia ordenó retrotraer el valor de la cuota al monto vigente en diciembre de 2023 y actualizarlo posteriormente según el Índice de Precios al Consumidor. Desde el estudio jurídico que patrocinó el reclamo señalaron que la aplicación de este criterio podría implicar una reducción significativa en las facturaciones actuales de los afiliados.
Más allá del caso puntual, la decisión es observada con atención a nivel nacional, ya que podría multiplicar los reclamos judiciales contra los aumentos aplicados tras la entrada en vigencia del DNU. El fallo también vuelve a poner en debate el funcionamiento del sistema de salud privado y los conflictos vinculados a las prestaciones, los incrementos por edad y la situación de los afiliados próximos a jubilarse.

Tras el rechazo a la recusación de De Vido, la fiscalía expondrá su tesis sobre un sistema dual de recaudación y el rol de funcionarios y empresarios.

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