Sin RTO o VTV vigente, no hay póliza.

Terminando un año convulsionado, y ya hay novedades para el 2024 en relación a la actividad aseguradora.

SOCIEDAD28/11/2023 EDGARDO JUCHNIUK
rto y seguros

Uno de los temas importantes, es que la Superintendencia de Seguros de la Nación publicó en el Boletín Oficial la Resolución 534/2023, donde se menciona en su artículo 3° lo siguiente: “Previo a la celebración del contrato de seguro, las entidades aseguradoras deberán exigir el cumplimiento de la revisión técnica obligatoria o que el vehículo esté en condiciones reglamentarias de seguridad si aquélla no se ha realizado en el año previo.”  

Traducido a una expresión más coloquial, es que a partir del 17 de enero de 2024, para renovaciones y nuevas pólizas de la rama automotores, se deberá tener vigente la Revisión Técnica Obligatoria de la unidad que se pretenda asegurar.

Hasta el momento las pólizas cumplían con dicha exigencia, pero la misma se manifestaba en el momento del siniestro, lo que suponía un perjuicio para el asegurado al no tener claramente marcado la necesidad de cumplir con la normativa. Dicho de otra manera, sino no hay RTO o VTV vigente como se denomina en otros lugares del país, no hay póliza.

Otro tema importante, es el aumento de las sumas aseguradas límites de la cobertura de Responsabilidad Civil a partir del 1 de enero de 2024 de acuerdo a la Resolución de la SSN, las cuales quedan de la siguiente manera:


• AUTOMOTORES Y CAMIONETAS
• MOTOVEHICULOS, BICICLETAS CON MOTOR
• CASAS RODANTES
 LIMITE ACTUAL $ 39.000.000
 NUEVO LIMITE $ 80.000.000


• TAXIS, REMISES
• CAMIONES Y SEMIS, ACOPLADOS
• SERVICIOS DE URGENCIAS
• FUERZAS DE SEGURIDAD
 LIMITE ACTUAL $ 50.000.000
 NUEVO LIMITE $ 175.000.000


• TRANSPORTE DE PASAJEROS
LIMITE ACTUAL $ 127.000.000
FRANQUICIA $ 645.000
NUEVO LIMITE $ 260.000.000
FRANQUICIA $ 1.300.000

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