Una buena para las cooperativas mendocinas: extienden la Ley de Riesgos de Trabajo

Según describe el decreto del Gobierno Nacional, el número de cooperativas de trabajo vigentes y también de sus trabajadores se ha incrementado en forma notable previa y postpandemia. En la provincia se beneficiarán más de 1500 entidades

10/10/2022 Matías Aciar
cooperativa art

La extensión del régimen se hizo bajo el Decreto 651/2022, publicado con la firma del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Juan Manzur; y del ministro de Trabajo, Claudio Moroni.

El primer artículo precisa que se extiende "el ámbito de aplicación de la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, sus modificatorias y complementarias a los trabajadores asociados y las trabajadoras asociadas en Cooperativas de Trabajo previstas en la Ley de Cooperativas N° 20.337 y su modificatoria".

En tanto, la decisión de contratar la cobertura mediante un seguro de riesgos del trabajo será adoptada por la asamblea de socios y socias de la Cooperativa de Trabajo, conforme las formalidades y condiciones dispuestas por la Ley N° 20.337.

Además, se estableció que "corresponderá a la Cooperativa de Trabajo contratar la cobertura de sus asociados con una Aseguradora de Riesgos del Trabajo y abonar las correspondientes alícuotas". En Mendoza beneficiará a más 1500 cooperativas que se encuentran activas en la provincia. 

En tanto, el cálculo de las prestaciones dinerarias será "efectuado sobre la base de las retribuciones promedio declaradas para el trabajador o la trabajadora durante el año anterior a la primera manifestación invalidante o en el tiempo de prestación de servicio si fuera menor, conformadas por la distribución de excedentes definidos por la cooperativa o sobre el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVyM), el que sea mayor".

Asimismo, la determinación de la base imponible "será efectuada sobre la base de la retribución mensual declarada para el trabajador asociado o la trabajadora asociada, conformadas por la distribución de excedentes definidos por la cooperativa o sobre el SMVyM, el que sea mayor"

 

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