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Algunos de los cambios se hicieron sobre las Ganancias, monotributo, Bienes Personales y el blanqueo de capitales.
En Ganancias, uno de los cambios centrales es el que introduce un diferencial para los salarios de la zona patagónica, un reclamo reiterado de los gobernadores de esa región, que argumentaban que el costo de vida en las provincias del sur es más elevado .
Tierra del Fuego consiguió ser eximida de pagar : 22 por ciento del mínimo no imponible. El apoyo de los fueguinos le garantizó un avance.
Se incluyó la posibilidad de que se puedan deducir el 100% de los intereses de los créditos hipotecarios.
Monotributo social: se mantiene con un esquema diferente al vigente, en el que quien adhiera pagará un monto mínimo en carácter de jubilación y la obra social será optativa. El artículo 100º del paquete fiscal prorroga la existencia de la figura del monotributo social, que había sido eliminada en la redacción original y que prevé para determinados sectores ligados a la economía popular que el componente de pago impositivo por formar parte del régimen simplificado sea más bajo que la categoría inicial del monotributo.
Ley Minera: se incrementó del 3% al 5% el tope de regalías percibidas por las provincias.
Con respecto al blanqueo, se eliminó la posibilidad de que las criptomonedas sean parte de los bienes que puedan ser regularizados.
Respecto del dinero que sea regularizado y depositado a Cuenta Especial de Regularización de Activos, se adicionó la posibilidad de “la inversión productiva de pequeñas y medianas empresas en las Provincias de menor grado de desarrollo relativo o fomentar el crédito de las mismas”.
Se excluyó del régimen a los funcionarios públicos de los últimos diez años. En la redacción original se contemplaban aquellos que se hayan desempeñado en los últimos cinco años.
Se excluyó del régimen a los hermanos de los funcionarios públicos. Se sumaron a los cónyuges, convivientes, padres e hijos.
Se incluyó la prohibición de inscribirse en blanqueos futuros hasta el 31 de diciembre de 2038.
Se incorporó un nuevo artículo para aumentar un 20% la alícuota del impuesto a los Bienes Personales para quienes se inscriban en el blanqueo. Con esta modificación, la tasa pasaría del 0,5% al 0,6%.
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