
Reforma de la Ley de Glaciares
RedacciónEl gobierno de Javier Milei reglamentó las modificaciones a la Ley de Glaciares mediante el Decreto 271/2026, introduciendo cambios relevantes en el régimen de protección ambiental y en las condiciones para el desarrollo de actividades como la minería en zonas de alta montaña. La reforma, plasmada en la Ley 27.804, mantiene los objetivos de preservación de los glaciares como reservas de agua, pero redefine su alcance a partir de los principios constitucionales de uso racional de los recursos y dominio provincial.
Uno de los ejes centrales es la nueva definición del objeto protegido, que presenta a los glaciares como bienes públicos destinados a distintos usos, lo que introduce un enfoque más funcional de su preservación. Además, se mantiene el Inventario Nacional de Glaciares bajo el IANIGLA y se incorpora el principio precautorio, aunque se habilita la exclusión de geoformas que no cumplan funciones hídricas, incluso sin actualización previa del registro científico.
La ley conserva la prohibición de actividades que afecten de manera significativa a los glaciares, pero delega en las provincias la definición de qué constituye una “alteración relevante” mediante evaluaciones de impacto ambiental. Este cambio implica una descentralización en la aplicación de la norma y abre la puerta a interpretaciones distintas según cada jurisdicción.
En este contexto, la reforma responde a reclamos del sector minero, mientras que genera preocupación en ámbitos ambientalistas y científicos. Si bien no elimina las herramientas de protección existentes, introduce criterios más flexibles y redistribuye competencias, dejando su impacto final sujeto a cómo se aplique en la práctica y a sus efectos sobre los recursos hídricos.

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