Nuevas reglas para el arbolado mendocino

Los municipios deberán cuidar y renovar los ejemplares.
MENDOZA24/08/2026RedacciónRedacción

El Gobierno de Mendoza reglamentó la Ley 9702, sancionada en marzo, y estableció nuevas pautas para la protección, mantenimiento y gestión del arbolado público en toda la provincia. La normativa asigna a los municipios la responsabilidad sobre el cuidado y control de los árboles ubicados en calles, plazas, avenidas y paseos, mientras que la Provincia fijará los criterios ambientales generales y supervisará su cumplimiento.

Cada municipio deberá presentar cada cuatro años un Plan de Manejo Integral del Arbolado Público, que deberá incluir tareas de riego, poda, control sanitario, extracción, reposición y reforestación. Además, por cada árbol erradicado deberán plantarse al menos tres nuevos ejemplares, una cantidad que podrá aumentar cuando se trate de árboles de mayor antigüedad, tamaño o valor ecológico.

La plataforma “Mi Árbol” continuará como registro digital oficial para informar erradicaciones, talas y nuevas plantaciones. Los municipios deberán mantener actualizados sus datos y aquellos que no cuenten con un censo tendrán 90 días corridos desde la creación de su usuario para incorporar la información. La herramienta también permitirá realizar un seguimiento de las intervenciones sobre el patrimonio forestal.

La reglamentación limita la erradicación de árboles a casos técnicamente justificados, como muerte, deterioro irreversible, enfermedades incurables o riesgo grave de caída. No se podrá retirar un ejemplar únicamente porque obstruya una fachada, un cartel o por la caída de hojas y flores. Además, se creó un Certificado de Gestión del Arbolado Público y un régimen de sanciones que contempla apercibimientos, multas y obligaciones de recomposición ante infracciones como podas no autorizadas, daños a las raíces o erradicaciones sin permiso.

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