Cobos propone actualizar la deducción de intereses de créditos hipotecarios en el impuesto a las Ganancias

Diputados de diversos espacios presentaron un proyecto para modificar deducciones respecto del Impuesto a las Ganancias. Los montos quedaron desactualizados.

ECONOMÍA15/05/2024RedacciónRedacción
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El diputado nacional Julio Cobos (UCR–Mendoza), junto a otros legisladores de diferentes bloques presentaron un proyecto que modifica la ley de impuesto a las Ganancias para deducir los intereses de los créditos hipotecarios, otorgados por la compra o la construcción de inmuebles destinados a casa habitación, hasta el límite del 100% del importe correspondiente a la ganancia no imponible establecido en el inciso a del artículo 30 de esa ley.

La iniciativa del proyecto es del mendocino Julio Cobos pero fue firmada por diputados nacionales de la UCR y de otros bloques, como Rodrigo de Loredo, Martín Tetaz, Lisandro Nieri, Roxana Reyes, Manuel Aguirre, Melina Giorgi, Pedro Galimberti, Roberto Sánchez, Gerardo Cipolini, Marcela Antola, Francisco Monti, Mario Barletta y Fabio Quetglas; de Unión por la Patria Liliana Paponet y Daniel Arroyo, Margarita Stolbizer (HCF) y Guillermo Montenegro (LLA).

Julio Cobos explicó que “la Ley de Impuesto a las Ganancias autoriza deducciones previas para establecer la ganancia neta sujeta al impuesto, entendiendo que existen gastos que no configuran ganancias imponibles. Entre esas deducciones figuran los intereses correspondientes a créditos hipotecarios, actualmente se puede deducir 20 mil pesos al año. Ese monto está congelado desde el año 2001, mientras que la inflación acumulada a lo largo de los últimos 20 años superó el 10.000%”, y agregó que “al no haberse actualizado esa deducción, hoy resulta casi inexistente, siendo tal el desfasaje que no alcanza siquiera para deducir el interés pagado durante un mes, por eso queremos corregir ese desfasaje y darle un mecanismo de actualización”

"Los diputados proponemos igualar la deducción por intereses a la deducción por ganancia no imponible establecida en el artículo 30 inciso a de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Este monto se actualiza todos los años por lo que la deducción por intereses también quedaría actualizada, evitando así nuevos desfasajes. De este modo, así como reconocemos que el espíritu del impuesto a las ganancias debe permitir la deducción de servicios básicos como salud y educación, también debemos volver a poner en valor en el esquema del impuesto el acceso a la vivienda", argumentaron los diputados nacionales.

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